lunes, 8 de abril de 2013

LA ASAMBLEA POPULAR DE SAN MATEO EJERCE EL DERECHO DE PETICIÓN. Juan Cejudo





Lo decidimos en la Asamblea. Queremos ejercer nuestro derecho de petición para saber en qué consiste el contrato entre el Ayuntamiento y el grupo S.A.R para la gestión del Centro del mayor de Loreto-Puntales del que no sabemos absolutamente nada. El Ayuntamiento debe ser transparante con los ciudadanos en un asunto que a todos nos afecta.

Animamos a todos los ciudadanos que estén de acuerdo a que ejerciten este derecho presentando el documento que aquí se adjunta. Sólo hay que rellenarlo y entregarlo en el Registro del Ayuntamiento.
Pretendemos que no menos de 30 personas presentemos este escrito de petición, absolutamente legal.

Sólo hay que imprimir el escrito.

Saludos: Juan
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AL SERVICIO DE PATRIMONIO, CONTRATACIÓN Y COMPRAS DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ

D………………………………………………, Documento Nacional de Identidad número …………………………..y domicilio a efectos de notificaciones en………………………………………………………………………………., mediante el presente escrito comparece, y como mejor proceda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución Española, desarrollado por Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del derecho de petición, ejerce

DERECHO DE PETICIÓN
basado en los siguientes hechos:

PRIMERO.- Que el servicio de Patrimonio, Contratación y Compras del Excelentísimo Ayuntamiento de Cádiz, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado de 2 de julio de 2011, informó de adjudicación del contrato de gestión de servicio público del centro integral y especializada para personas mayores, atención residencial, unidad de estancia diurna y centro de día, denominado Micaela Aramburu, a la empresa SAR Residencial y Asistencial, S.A.U.

SEGUNDO.- Que, según preceptúa el artículo 2 de la Ley Orgánica arriba referida, el derecho de petición podrá ejercerse ante cualquier institución pública, administración o autoridad (…) respecto de las materias de su competencia.

TERCERO.- Que el artículo 3 de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del derecho de petición establece que las peticiones podrán versar sobre cualquier asunto o materia comprendido en el ámbito de competencias del destinatario.

CUARTO.- Que el objeto del derecho de petición manifestado en el presente escrito consiste en proporcionar a quien lo suscribe, en el medio de notificación arriba indicado, copia del contrato de gestión suscrito como consecuencia de la adjudicación anunciada en el Boletín Oficial del Estado de 2 de julio de 2011.

Por todo lo anterior, SOLICITO que se tenga por presentado este escrito, y en su virtud se proceda a dar cumplimiento al derecho de petición manifestado en el mismo, en los términos establecidos en Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del derecho de petición.

En Cádiz, a ….. de abril de 2013

Firmado: …………………………..

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