Del blog de mi compañero Luís Ángel Aguilar, de Albacete, os transcribo aquí una interesante información que es bueno se divulgue lo más posible porque afecta a todos los funcionarios.
Aquí os la dejo.
Saludos: Juan
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Todo el personal del sector público puede recuperar el 25% de la Extraordinaria de Navidad que le birlará este Gobierno. (y II)
Ante las numerosas consultas que por distintos medios hemos visto a raíz de mi última entrada del lunes pasado con este mismo titular, lo volvemos a subir aclarando que efectivamente esta reclamación que no es ninguna treta, es válida para todo el personal del sector público que según el art. 22.1 de la Ley 2/2012, de 29 de Junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones y suprimida su paga extraordinaria de diciembre.
Como han preguntado desde Bomberos, hasta Guardias Civiles y Catedráticos, insistimos en que es válida para todos los funcionarios afectados y que la presentación debe hacerse desde el primer momento en el que se deje de cobrar cuando debía, es decir con la nómina de Diciembre de 2012.
Sí, como lo oyen.
No es un mero titular.
Precisamente por la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales que establece el artículo 9.3 de nuestra Constitución Española, es posible solicitar el abono de la parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad generada antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012
de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de Julio (BOE de 14/07/2012), que entró en vigor el 15 de Julio de 2012.
Es decir que se puede pedir el abono de la parte correspondiente que va desde el día 1 de Junio hasta el día 14 de Julio de 2012, lo que equivales a 45 días, es decir un 25% de dicha paga.
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